C.P. Beatriz Ramírez Rivera, Autora de Dofiscal Thomson Reuters
Con la finalidad de continuar con la modernización de los trámites del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y privilegiar las medidas de sana distancia en el retorno a la nueva normalidad, desde agosto de 2020 entró en operación el Buzón IMSS, un sistema o canal de comunicación electrónica con el empleador, a través del cual el Instituto podrá realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales, así como enviar información o mensajes de interés.
La implementación del Buzón IMSS materializa lo dispuesto por el artículo 286-M de la Ley del Seguro Social (LSS), que establece la facultad del Instituto para efectuar notificaciones, citatorios, emplazamientos; requerir o solicitar informes o documentación, así como emitir resoluciones a través de medios de comunicación electrónica, siempre que los particulares manifiesten previamente y de manera expresa su conformidad de recibir esas actuaciones, respecto de cada promoción o solicitud que realicen.
En esta primera etapa, el uso de ese sistema de comunicación por los patrones –personas físicas o morales– es opcional y requiere la manifestación expresa de su conformidad. Sin embargo, se prevé que de manera paulatina el acceso se amplíe a otro tipo de usuarios que realicen actuaciones ante el Instituto.
Para regular el registro en el buzón, así como las actuaciones de los particulares y la notificación electrónica de actos o resoluciones administrativas emitidos por el Instituto en documentos digitales, el IMSS publicó en el DOF del 9 de julio de 2020 el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, y su Anexo Único, por el que se aprueban los Lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS”, el cual entró en vigor el 3 de agosto de ese mismo año.
Por tanto, los particulares que soliciten y manifiesten al Instituto su conformidad para usar el Buzón IMSS, atenderán las disposiciones de los lineamientos referidos, y deberán contar con su e.firma, amparada por un certificado digital vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Activación
El procedimiento de activación es el siguiente:
Ingresar desde la página de Internet del Instituto www.imss.gob.mx a “Buzón IMSS” y proporcionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del patrón persona física o moral y la e.firma y contraseña de este.
Registrar los medios de contacto que se autorizarán para mantener la comunicación; es decir, capturar al menos una dirección de correo electrónico y hasta cinco, así como un número de teléfono móvil. El sistema emitirá el acuse de recibo electrónico correspondiente.
Validar los medios de contacto registrados dentro de las 72 horas siguientes a recibir el aviso y mensaje de texto del IMSS en el correo electrónico y el número telefónico, respectivamente, pues de lo contrario se cancelarán y tendrá que realizarse nuevamente el registro de estos.
Suscribir con la e.firma la manifestación de conformidad para que el Buzón IMSS sea el mecanismo de comunicación electrónica con el Instituto, mediante el cual este realice notificaciones de cualquier acto o resoluciones administrativas, emplazamientos, requerimientos o solicitudes de información o documentación, entre otros y, envíe comunicados para el cumplimiento de obligaciones, facilidades, etc.
Una vez firmada la manifestación, el sistema generará el acuse de recibo electrónico correspondiente.
Servicios disponibles
Los servicios disponibles hasta el momento en el Buzón IMSS son:
Consulta y descarga de las propuestas de cédulas de determinación de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda.
Comunicados de interés sobre el cumplimiento de obligaciones de seguridad social.
Calendario de eventos y atención de obligaciones.
Consulta y descarga del marco jurídico regulador de la seguridad social.
Notificación electrónica de resoluciones para cubrir la prima media, de ser aplicable.
Promociones electrónicas, donde el patrón puede solicitar aclaraciones u orientación acerca de la activación del buzón, la lectura de notificaciones, la visualización de las propuestas de determinación o emisiones, y la informativa de contratos de servicios especializados (ICSOE).
C.P. Beatriz Ramírez Rivera, Autora de Dofiscal Thomson Reuters Con la finalidad de continuar con la modernización de los trámites del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y privilegiar las medidas de sana distancia en el retorno a la nueva normalidad, desde agosto de…
C.P. Beatriz Ramírez Rivera, Autora de Dofiscal Thomson Reuters
Con la finalidad de continuar con la modernización de los trámites del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y privilegiar las medidas de sana distancia en el retorno a la nueva normalidad, desde agosto de 2020 entró en operación el Buzón IMSS, un sistema o canal de comunicación electrónica con el empleador, a través del cual el Instituto podrá realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales, así como enviar información o mensajes de interés.
La implementación del Buzón IMSS materializa lo dispuesto por el artículo 286-M de la Ley del Seguro Social (LSS), que establece la facultad del Instituto para efectuar notificaciones, citatorios, emplazamientos; requerir o solicitar informes o documentación, así como emitir resoluciones a través de medios de comunicación electrónica, siempre que los particulares manifiesten previamente y de manera expresa su conformidad de recibir esas actuaciones, respecto de cada promoción o solicitud que realicen.
En esta primera etapa, el uso de ese sistema de comunicación por los patrones –personas físicas o morales– es opcional y requiere la manifestación expresa de su conformidad. Sin embargo, se prevé que de manera paulatina el acceso se amplíe a otro tipo de usuarios que realicen actuaciones ante el Instituto.
Para regular el registro en el buzón, así como las actuaciones de los particulares y la notificación electrónica de actos o resoluciones administrativas emitidos por el Instituto en documentos digitales, el IMSS publicó en el DOF del 9 de julio de 2020 el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, y su Anexo Único, por el que se aprueban los Lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS”, el cual entró en vigor el 3 de agosto de ese mismo año.
Por tanto, los particulares que soliciten y manifiesten al Instituto su conformidad para usar el Buzón IMSS, atenderán las disposiciones de los lineamientos referidos, y deberán contar con su e.firma, amparada por un certificado digital vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Activación
El procedimiento de activación es el siguiente:
Ingresar desde la página de Internet del Instituto www.imss.gob.mx a “Buzón IMSS” y proporcionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del patrón persona física o moral y la e.firma y contraseña de este.
Registrar los medios de contacto que se autorizarán para mantener la comunicación; es decir, capturar al menos una dirección de correo electrónico y hasta cinco, así como un número de teléfono móvil. El sistema emitirá el acuse de recibo electrónico correspondiente.
Validar los medios de contacto registrados dentro de las 72 horas siguientes a recibir el aviso y mensaje de texto del IMSS en el correo electrónico y el número telefónico, respectivamente, pues de lo contrario se cancelarán y tendrá que realizarse nuevamente el registro de estos.
Suscribir con la e.firma la manifestación de conformidad para que el Buzón IMSS sea el mecanismo de comunicación electrónica con el Instituto, mediante el cual este realice notificaciones de cualquier acto o resoluciones administrativas, emplazamientos, requerimientos o solicitudes de información o documentación, entre otros y, envíe comunicados para el cumplimiento de obligaciones, facilidades, etc.
Una vez firmada la manifestación, el sistema generará el acuse de recibo electrónico correspondiente.
Servicios disponibles
Los servicios disponibles hasta el momento en el Buzón IMSS son:
Consulta y descarga de las propuestas de cédulas de determinación de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda.
Comunicados de interés sobre el cumplimiento de obligaciones de seguridad social.
Calendario de eventos y atención de obligaciones.
Consulta y descarga del marco jurídico regulador de la seguridad social.
Notificación electrónica de resoluciones para cubrir la prima media, de ser aplicable.
Promociones electrónicas, donde el patrón puede solicitar aclaraciones u orientación acerca de la activación del buzón, la lectura de notificaciones, la visualización de las propuestas de determinación o emisiones, y la informativa de contratos de servicios especializados (ICSOE).