C.P. Augusto Gracida Ramírez, Autor de Dofiscal Thomson Reuters
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal, y por motivos de la reforma fiscal para 2022 al Código Fiscal de la Federación (CFF) en sus artículos 29 y 29-A, la actualización a la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica (CFDI) para personas físicas y morales en el siguiente ejercicio fiscal. A continuación, los cambios que destaca la autoridad al respecto:
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Contendrá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
CFDI que ampare retenciones e información de pagos:
La versión será la 2.0.
Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
Permitirá relacionar otros CFDI.
Documentos técnicos del Complemento para recepción de pagos:
La versión será la 2.0.
Se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
Tendrá un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
Actualización al servicio de cancelación de facturas:
A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 Comprobante emitido con errores con relación, deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al anulado.
Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
La autoridad también señaló que únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal, ya que dicha información es obligatoria. Además, agregó que habrá un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0, el cual comprenderá del 1 de enero al 30 de abril de 2022.
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C.P. Augusto Gracida Ramírez, Autor de Dofiscal Thomson Reuters El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal, y por motivos de la reforma fiscal para 2022 al Código Fiscal de la Federación (CFF) en sus artículos 29 y…[#item_full_content]