Lic. Carlos B. Herrera Martínez
Autor de Dofiscal Thomson Reuters
Ante la actualización a la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), los empleadores han optado por solicitar a sus trabajadores la constancia de situación fiscal.
El 12 de noviembre del 2021, se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, en el que, además de otros cambios, se reformaron reglas en materia de CFDI las cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2022.
En ese sentido, el 27 de diciembre de 2021 se publicó en el DOF la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) aplicable para 2022, en donde se dieron a conocer diversos cambios en materia de CFDI y la nueva versión del mismo, denominado CFDI 4.0.
Por ende, a partir del 1 de enero de 2022 se actualizó la versión del CFDI pasando a la 4.0, sin embargo, las versiones de CFDI 3.3 y CFDI 4.0 podrán convivir hasta el 30 de junio de este año, conforme a la Segunda Resolución de Modificaciones a la RM 2022 publicada el 18 de febrero de 2022 en el DOF, por lo que a partir del 1 de julio la única versión válida será la 4.0.
Algunos de los principales cambios son:
Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
Dentro de los cambios de esa actualización, se exigen como requisitos los nombres del emisor y del receptor, estos deben registrarse tal y como se encuentra en la cédula de identificación fiscal y constancia de situación fiscal, respetando números, espacios y signos de puntuación.
Lo anterior implica que el contribuyente que expida un CFDI tendrá que verificar o validar que los nombres son los correctos y que están bien escritos, por ende, los empleadores necesitarán contar con la constancia de situación fiscal actualizada de todos sus trabajadores para poder timbrar la nómina, debido a que los datos mínimos que deberá conocer son: RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del trabajador, datos contenidos en esta.
Cabe señalar que, para la obtención de la constancia de situación fiscal, el SAT tiene a disposición su portal para que los interesados realicen el trámite de manera directa en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal
Para obtener dicha constancia solamente se requiere el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contraseña. En caso de tener dudas de cómo obtenerla, se puede consultar el tutorial del SAT en el siguiente enlace: https://youtu.be/M-pDFpwmejY
Para cumplir con ésta y otras obligaciones en tiempo y forma, te invitamos a conocer la Compilación Fiscal Correlacionada 2022 que Dofiscal Thomson Reuters tiene para ti
Lic. Carlos B. Herrera Martínez Autor de Dofiscal Thomson Reuters Ante la actualización a la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), los empleadores han optado por solicitar a sus trabajadores la constancia de situación fiscal. El 12 de noviembre del…[#item_full_content]