Regularización de autos chocolate en 10 entidades
Lic. Leslie Barrera Álvarez
Autora de Dofiscal Thomson Reuters
Desde hace unos días inició la regularización de los llamados “autos chocolate”, este procedimiento se dio a raíz de la publicación en el DOF del “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera”, el cual tiene como objetivo principal desincentivar el uso de estos en la comisión de delitos en nuestro país.
El acceso a este beneficio es limitado y hace necesario tomar en cuenta varios aspectos, que a continuación se detallan.
¿Qué autos se podrán regularizar?
La regularización solo será aplicable a los automóviles usados con Número de Identificación Vehicular (NIV) correspondiente, Estados Unidos de América (EUA), Canadá y México que se encuentren en: (i) Baja California, (ii) Baja California Sur, (iii) Chihuahua, (iv) Coahuila de Zaragoza, (v) Durango, (vi) Michoacán, (vii) Nayarit, (viii) Nuevo León, (ix) Sonora y (x) Tamaulipas.
El año-modelo del vehículo deberá ser de cinco años o más, anteriores a aquel en el que se realice la importación definitiva.
Los autos beneficiados son aquellos clasificados en 12 fracciones arancelarias correspondientes a vehículos para el transporte de hasta 10 personas y a 2 fracciones arancelarias correspondientes a vehículos para el transporte de mercancías.
Debe destacarse que, no podrán acceder a este beneficio los carros cuya circulación esté restringida o prohibida en su país de origen, autos deportivos, autos que no cumplan con las condiciones físico-mecánicas o de protección al medio ambiente, autos con reporte de robo o que hayan sido utilizados para la comisión de algún delito.
¿Quiénes pueden realizar la regularización?
Los propietarios de estos vehículos, quienes deberán ser personas físicas, mayores de edad y residentes de las 10 entidades antes mencionadas.
Al respecto, los interesados requerirán de un agente o agencia aduanal para realizar el trámite de importación definitiva, y además deberán presentar físicamente el vehículo ante la autoridad aduanera.
¿Qué otros requisitos se deben cubrir?
Adicional a lo antes detallado, los propietarios deberán:
Presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el automóvil no se encuentra en los supuestos de los vehículos que no podrán importarse de forma definitiva.
Cubrir un aprovechamiento de $2,500.00 pesos.
En ese sentido, el decreto establece el otorgamiento de un estímulo equivalente a las contribuciones y multas federales que se causen por la importación definitiva prevista.
Por último, hay que tener en cuenta que este beneficio tendrá vigencia hasta el 20 de julio de este año.
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