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Tope de deducciones personales

Una de las dudas frecuentes al momento de preparar la declaración anual de las personas físicas es sobre cuáles ingresos se aplica el tope de deducciones personales.

 

El último párrafo del Artículo 151 referido, establece lo siguiente:

 

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año, o del 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de las fracciones III y V de este artículo.

 

Con esta limitación el contribuyente tiene dos limitantes del monto que podrá deducir, debiendo aplicar la que sea menor:

 

  • Cinco salarios mínimos generales (UMA) elevados al año: $154,110.00
  • El 15% del total de los ingresos del contribuyente.

 

En cuanto al total de ingresos del contribuyente, el Artículo 151 claramente señala en el párrafo citado anteriormente, que el porcentaje del 15% se calcula sobre el total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.

 

Esto es, deben considerarse todos los ingresos del contribuyente, no solamente los acumulables.

 

Se ha reportado que en algunos casos el DeclaraSAT no considera correctamente el total de ingresos acumulables para efectos de este cálculo, por lo que habrá que verificar con detenimiento los cálculos realizados y, en caso de error, reportar esto ante la autoridad o a través de los medios institucionales conducentes como la PRODECON.

 

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